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Lo que usted debe saber sobre el pago de impuesto de renta en El Salvador

Lo que usted debe saber sobre el pago de impuesto de renta en El Salvador

El pasado 17 de abril de 2015 la Corte Suprema de Justicia del Salvador, declaro inconstitucional el pago del 1% del impuesto sobre la renta basado en los activos netos. Según la resolución el impuesto vulnera el principio de equidad tributaria en su manifestación de capacidad económica.

El artículo que fue declarado inconstitucional es el 77 y por conexión además de modo general se declararon inconstitucionales los artículos 76, 78, 79, 80 y 81 de la Constitución de la República. En el proceso también intervino la Asamblea Legislativa y el Fiscal General de la República, Luis Martínez.

La Corte aclaró que aquellos trámites que estén en proceso y tengan relación con el pago mínimo del impuesto serán resueltos por la Administración Tributaria con apego a la constitución. Las empresas que aún no hayan declarado renta y que tengan rentas gravadas mayores a $150,000 pagarán el 30% del impuesto y aquellas debajo de ese rango pagarán el 25%.

ICG – International Consulting Group le brinda asesoraría y orientación para el pago de declaración de renta en El Salvador antes del 30 de abril.

Ver el documento completo del fallo